Necesitamos tu apoyo para una Constitución que reconozca a los animales como seres sintientes

El gran estallido social en Chile ha abierto las puertas para poner sobre la mesa grandes problemáticas sociales que se han arrastrado en el país por muchos años.

La principal demanda de la ciudadanía apunta a la creación de una nueva Constitución a través de una asamblea constituyente. Se han mencionado temas como salud, AFP, educación, entre otras. Desde Vegetarianos Hoy y la campaña #NoSonMuebles, se busca que este nuevo proceso incluya en su petitorio una ley que ya cuenta con el apoyo de más de 160.000 personas: considerar a los animales como seres sintientes.

Es importante y ya ha sido comprobado en reiteradas ocasiones que los animales sienten y tienen conciencia de sí mismos, por eso, se necesita generar un apoyo aun mayor durante este momento. Actualmente la ley en Chile considera a los animales como bienes muebles, y si bien, existe una medida de protección para ellos, esta no aplica para prácticas como el rodeo, los circos, entre otros.

Ya se ha puesto en marcha la elaboración de una Carta Magna en la cual es esencial que este considerada esta petición, por lo que es necesario el apoyo de los ciudadanos en instancias de conversación y diálogo como cabildos, asambleas o grupos organizados.

Las principales demandas de la campaña apuntan a la incorporación de una ley de protección que sea efectiva. Bajo esta directriz es esencial comprender los lineamientos bajo los cuales se la petición, los que están comprobados de forma científica.

De acuerdo a la ONG Animal Ethics,

“quienes niegan que los animales no humanos son sintientes afirman en ocasiones que no podemos demostrar si los animales lo son. Pero hay razones importantes para rechazar dicha posición. Teniendo en cuenta los criterios para considerar si un ser es consciente, hay motivos para concluir que los animales que son sintientes y, por lo tanto, conscientes, tienen sistema nervioso centralizado. Incluso si concluimos que muchos animales no humanos son seres sintientes, podríamos no ser capaces de reconocer situaciones en las que están sufriendo. Hay varios indicadores que nos pueden ayudar a determinar cuándo los animales están sufriendo”.

En Chile desde hace años existe la ley 20.380 que busca proteger los intereses de los animales, sin embargo, la mayor parte de esta se limita a la protección de mascotas. En materia de experimentación animal, una de las prácticas mas crueles, el único impedimento es que se realice cuando los conduzca personal calificado (veterinario, médico o similar) que reduzca al “mínimo” el sufrimiento del animal.

Otro de los grandes fallos de esta ley es la legislación en prácticas como el rodeo, el cual no es considerado como maltrato, cuando existen pruebas concretas que prueban lo contrario, esta norma no se aplica a “deportes” en que participan animales, como el rodeo, la hípica o corridas de vaca, actividades que cuentan con sus propios reglamentos (el rodeo no está considerado como deporte).

Una de las últimas actualizaciones en materia jurídica es del año 2013, el reglamento sobre protección de los animales durante su producción industrial, su comercialización y en otros recintos de mantención de animales, que establece normas de protección a los animales domésticos y fauna silvestre, de todo tipo, sean para consumo, exhibición o compraventa.

De acuerdo a la Biblioteca del Congreso y al sitio Maltrato Animal está prohibido en el manejo de animales las siguientes acciones:

  1. Golpearlos causando dolor o sufrimiento innecesario.
  2.  Movilizarlos mediante la aplicación de presión en puntos sensibles del cuerpo, tales como: Ojos, boca, orejas, vulva, región anogenital y vientre, entre otros.
  3. Arrojarlos y arrastrarlos de la cabeza, cuernos, astas, orejas, lana, vellón, patas, alas, cola, pelo o plumas, excepto en situaciones de emergencia en que el bienestar de los animales o la seguridad de las personas esté en peligro.
  4. Utilizar instrumentos de estímulos cortantes y/o punzantes.
  5. Atar a los animales para su transporte de manera que su bienestar se vea comprometido.

Si se permite el uso de estímulos eléctricos en casos justificados tales como tales como en animales adultos que se niegan a avanzar, aun cuando tengan espacio suficiente para ello.

Los animales deberán recibir alimentación y agua de bebida, de acuerdo a su especie y categoría, en suficiente cantidad y calidad, y a intervalos adecuados, con el fin de mantener su buen estado de salud y de satisfacer sus necesidades de nutrición. Los establecimientos de producción industrial pecuaria deberán contar con instalaciones específicas para animales enfermos o heridos que deban ser segregados. Los animales con compromiso de su estado general deberán recibir lo antes posible el tratamiento apropiado.

Cuando hablamos sobre el hábitat de las especies para esto fines, el reglamento de protección plantea lo siguiente sobre la construcción y el equipamiento de los lugares de confinamiento:

  1. No presentar bordes afilados ni salientes que puedan causar heridas o lesionar a los animales.
  2. Contar con cercos con una altura mínima que evite que los animales se escapen y que no permitan el ingreso de personas o animales sin el debido control.
  3. Las superficies en contacto con los animales deberán posibilitar su frecuente limpieza y desinfección, especialmente cuando hay recambio de animales en las instalaciones, de acuerdo a la legislación vigente.
  4. No se utilizarán compuestos químicos que puedan ser tóxicos en lugares o superficies que estén en contacto con los animales. Los compuestos mencionados deberán ser almacenados fuera del alcance de los animales y de sus alimentos para evitar la contaminación cruzada, de acuerdo a la normativa vigente.
  5. Los pisos deberán mantenerse en buenas condiciones, de manera de evitar deslizamientos o caídas.
  6. Los espacios destinados al descanso de los animales deberán ser confortables, otorgar espacio suficiente y estar diseñados de acuerdo a las necesidades de cada especie y categoría animal.

 

En Chile estas normas parecen no ser aplicables cuando hablamos de grandes empresas. Sin duda una de las especies más afectados por el abuso y el maltrato en los lugares de confinamiento son las gallinas.

El reglamento menciona que “los animales deberán contar con luz natural o artificial suficiente para satisfacer las necesidades fisiológicas y etológicas” sin embargo en la realidad esto no se cumple. En Chile se consumen 230 huevos por persona cada año, que provienen de 14.800.000 gallinas repartidas a lo largo del país. El 98% de estas aves viven confinadas en jaulas en batería, estructuras de metal muy pequeñas donde no pueden siquiera estirar sus alas.  El encierro lleva a las gallinas a vivir en un estado de estrés constante, lo que las impulsa a cometer actos de automutilación y atacar a sus compañeras de encierro.

La campaña #ChileLibredeJaulas lucha para terminar con el sufrimiento que producen las jaulas de batería para estas aves, su uso supone tal maltrato y restricción de movilidad para las gallinas, que ya están prohibidas en la Unión Europea, Australia y Nueva Zelanda, y Francia está en vías de erradicarlas completamente para 2022.

 

El pasado 26 de septiembre de 2019, el Juzgado de Garantía de Puente Alto declaró admisible una querella presentada por la Fundación Vegetarianos Hoy en el contexto de su campaña #SinRodeos por los delitos de maltrato o crueldad animal ocurridos en la Medialuna “Vicente Huidobro”, comuna de Pirque. Esta determinación se trató de un hecho histórico dado que es la primera querella declarada admisible por un Tribunal de Justicia en Chile, presentada en contra del Rodeo por hechos de maltrato o crueldad animal ocurridos durante la realización de esta actividad. También es la confirmación que sí es posible denunciar y querellarse por el delito de maltrato o crueldad animal en contra del Rodeo.

Aun cuando existen grupos y organizaciones de activistas que luchan a diario contra el maltrato y el abuso en contra de los animales no humanos, somos testigos del incumplimiento del reglamento de protección. En los últimos días hemos sido testigo del abuso de Carabineros de Chile en contra de los caballos de la institución. Los equinos han sido expuestos a los gases tóxicos de fuerzas especiales (lo que viola el punto 4 del reglamento de protección), enfrentamientos, disparos, e incluso al maltrato de los mismos funcionarios (ver video acá).

 

Los animales no son muebles, no son cosas, no son objetos ni simples artículo de propiedad privada. Los animales son nuestros amigos, nuestros compañeros, incluso algunos son parte de nuestra familia. Por eso, los animales deben ser reconocidos como “seres vivos dotados de sensibilidad” por la Ley Chilena, para ser sujetos de la consideración moral y el respeto que se merecen.

Es por todas estas razones que somos enfáticos en la importancia de la inclusión de los derechos de los animales en la nueva Constitución chilena. Son los ciudadanos los encargados de alzar la voz y decir #NoSonMuebles. El primer paso es que sean considerados como seres sintientes, a partir de eso pueden ser considerados como sujetos de derecho, para darle fin a mas de un siglo de injusticias y olvido. Si quieres saber más sobre como ayudar, haz click ACÁ, tenemos el poder de hacer un cambio radical en este momento, demos voz a aquellos que no pueden alzarla por sí mismos.