Colombia prohíbe por ley los vehículos de tracción animal 🐎🙅🏻

El día de hoy se aprobó el proyecto de ley 319 del 2020 por el cual se prohíben los vehículos de tracción animal en Colombia.

Esta ley tiene como objetivo disminuir progresivamente en el periodo de cinco años el uso de vehículos de tracción animal, donde son más comúnmente utilizados caballos, mulas y burros. El siguiente paso, es conformar un censo para focalizar apoyo a las personas que viven de actividades relacionadas con el uso de estos vehículos, facilitando su sustitución por automotores o unidades productivas.

En plenaria del Senado de la República, se realizó el último debate y se aprobó el proyecto de Ley. La prohibición del uso de carretas, carruajes, zorras o cualquier elemento que sea halado por caballos, mulas u otro tipo de animales tiene un plazo máximo de implantación de cinco años.

El proceso de sustitución de estos vehículos quedara a cargo de cada alcaldía municipal y distrital que deberán implementar en su plan de acción y desarrollo mecanismos para el cumplimiento de esta normativa.

Colombia celebra así una gran victoria para el bienestar animal, sin embargo, es valido mencionar que la lucha debe continuar ya que, esta ley excluye los vehículos de tracción animal destinados a actividades turísticas, pecuarias, deportivas y agrícolas. Así entonces, actividades como el Coleo que en Colombia aún se reconoce como un deporte y las famosas carrosas turísticas de Cartagena que han estado vinculadas a múltiples escándalos de sufrimiento y tortura animal seguirán siendo permitidas.